Reparto de la vivienda en un divorcio

divorciocasaEn la actualidad, la mayoría de las sentencias de divorcio contencioso en España dan a la mujer la custodia de los hijos junto con el uso de la vivienda hasta que se emancipan más una pensión de alimentos por ellos. Este hecho, que en un principio puede favorecer a la madre, en muchos casos provoca que se perpetúe el papel de la madre como la única persona que hace cargo de los hijos siendo el padre un mero amigo de fin de semana y los abuelos paternos unos parientes lejanos. Para evitar este tipo de situaciones, aparte de las cargas económicas dictaminadas por los jueces a ambas partes, en muchos casos inadecuadas a la situación particular de cada pareja, es muy importante tratar de recoger en un convenio regulador unas normas de convivencia pactadas por las partes que satisfagan a ambos. Es el llamado divorcio de mutuo acuerdo. Muchas veces no agradan a ambos pero suele ser preferible una situación pactada a una impuesta por un juez de manera unilateral.
En el momento del divorcio, el reparto o uso de la vivienda suele ser un capítulo que preocupa bastante a los cónyuges.
Cuando no hay acuerdo, el juez suele dar el uso de la vivienda al cónyuge que obtiene la custodia de los menores, en aras de protegerles, pero

¿Qué ocurre con la hipoteca?

Lo más sensato es llegar a un acuerdo previo. Se puede establecer que uno se quede con la vivienda y haga frente al pago de la hipoteca comprando además la parte del otro, o incluso venderla a un tercero para liberar la hipoteca. Si no se llega a un acuerdo, lo decidirá un juez, tanto el uso de la vivienda como el pago de las cuotas de la hipoteca.

¿Y las deducciones en el IRPF?

Ambos cónyuges pueden deducirse la inversión en la vivienda si siguen pagando ambos la hipoteca y si existe una sentencia judicial que obligue a uno de los cónyuges a abandonar la vivienda. Además, la vivienda tendría que tener el carácter de vivienda habitual antes del divorcio y posteriormente para los hijos comunes.

¿Si no hay hijos?

Si el matrimonio no tiene hijos en la vivienda, deberán proceder a liquidar el patrimonio y repartir el bien en caso de que sea ganancial a menos que lleguen a otro acuerdo.
Se puede dar el caso de que un juez otorgue el uso de la vivienda al cónyuge más necesitado de protección si existe desequilibrio entre el nivel económico de los cónyuges, incluso siendo la vivienda un bien privativo del cónyuge que no vive en la casa.

¿Y si es de alquiler?

Si la vivienda habitual del matrimonio es de alquiler y un juez le adjudica el uso a un cónyuge que no aparece como titular en el contrato de arrendamiento, el cónyuge que se queda en la casa deberá notificar al dueño de la vivienda, la intención de continuar en la vivienda en las condiciones pactadas en un plazo de 2 meses desde la sentencia y con copia de la misma.

2 Responses to “Reparto de la vivienda en un divorcio”


  • Una legislación proteccionista para con alguno de los cónyuges después del divorcio no tiene sentido, a no ser que haya acuerdo o que las causales del divorcio sean realmente muy graves, como no son muchas de las causales que hay en España.

  • Estimados Sres.,

    estoy en el inicio de una separación, en donde mi pareja, por decisión propia y sin que haya habido situación concreta que lleve a esto, decide dejarme porque “ha perdido la chispa”.

    Tenemos una hija de menos de tres años, firmamos separación de bienes y en estos momentos estoy haciendo reformas en un piso de titularidad mia desde antes del matrimonio, para irnos (ya no, claro) a vivir alli cuando la obra acabe y es en donde estamos empadronados, a pesar que actualmente vivimos de alquiler en otro piso.

    Tenemos una casa en la playa de la que ambos somos copropietarios de su hipoteca (hipoteca completa porque la compramos recientemente)

    Yo tengo otras propiedades de mi titularidad conseguidas durante el matrimonio, pero como digo, en regimen de separación de bienes y, además, hace un par de años, me despidieron de la empresa y me dieron una cantidad muy considerable.

    Hoy día, ella trabaja y Yo soy pensionista con una Incapacidad Permanente Absoluta por enfermedad común.

    Se que es un “tocho”, pero mi pregunta es, ¿cuales son mis mejores opciones, valorando el bienestar de mi hija y que Yo no quede casi en la indigencia después de toda mi vida trabajando?

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