La figura jurídica de las separaciones matrimoniales está pensada para que los cónyuges, una vez finalizada la vida en común, tengan la oportunidad de reflexionar sobre la ruptura temporal o definitiva de su matrimonio.
El matrimonio es un vínculo o contrato civil, que une a dos personas, para crear una vida en común, con los derechos y obligaciones que la Ley determina. A veces, el matrimonio no funciona o fracasa por diversos motivos que llevan a las separaciones de la pareja, siendo lo mas práctico en estos supuestos, el acudir al sistema legal de separaciones matrimoniales.
Jurídicamente, dentro de las separaciones, se puede distinguir la separación de hecho, cuando se da el cese de la vida en común sin más, y la separación de derecho que es la que se realiza de acuerdo con lo que se establece por las leyes.
Dentro de las separaciones matrimoniales de derecho distinguimos entre:
1) separaciones de mutuo acuerdo que se da cuando ambos cónyuges plasman los acuerdos por los que se va a regir la nueva situación, en un convenio regulador que se presenta ante el Juez.
2) separaciones contenciosas, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges y ello obliga a que sea el Juez, quien decida sobre las reglas que va a regir la nueva situación de la separación.
Si usted está pensando en afrontar su separación, debe saber que los efectos que legalmente tendrá la nueva situación son, entre otros: el cese de la vida en común, la extinción del régimen económico de bienes gananciales (si la hubiere), la revocación si existiesen poderes recíprocos, el uso y disfrute de la vivienda conyugal, la patria potestad de los hijos, así como la guardia y custodia de los mismos, estableciendo las pensiones que resulten de su particular situación familiar, de alimentos a favor de sus hijos y compensatoria a favor de uno de los cónyuges.
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