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Pensión Compensatoria

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¿Qué es la Pensión Compensatoria?

Primero hay que aclarar que no debe confundirse con la pensión de alimentos. Ésta última se refiere a lo indispensable para el sustento de los hijos (no sólo la comida sino también la habitación, vestido, asistencia médica y educación).

La pensión compensatoria, sin embargo, se establece para reparar el desequilibrio económico que puede producir la ruptura matrimonial en uno de los cónyuges. Una separación no implica necesariamente la concesión de pensión compensatoria a favor de un cónyuge, pero si existiese un  desequilibrio económico que implique un empeoramiento de la situación anterior en el matrimonio, se tendrá derecho a una compensación que bien podrá consistir en una pensión por tiempo indefinido, temporal o en una prestación única, según determine el juez en la sentencia o se haya pactado en el convenio regulador.

Para determinar la existencia de desequilibrio económico generador de la pensión compensatoria se debe tener en cuenta la dedicación a la familia y la colaboración con las actividades del otro cónyuge, el régimen de bienes del matrimonio y su situación anterior al matrimonio.

¿Cómo se fija la pensión compensatoria?

Por medio de acuerdo entre las partes y reflejado en el convenio regulador. Si no se diese el acuerdo, será el Juez el que determinará en sentencia la pertinencia de la medida y el importe en función de varias circunstancias, ya que no hay baremo obligatorio al que deba ajustarse. Esas circunstancias son:

  1. Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
  2. La edad y el estado de salud.
  3. La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
  4. La dedicación pasada y futura a la familia.
  5. La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
  6. La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
  7. La pérdida eventual de un derecho de pensión.
  8. El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
  9. Cualquier otra circunstancia relevante.

Además, el juez establecerá en sentencia las bases para garantizar la efectividad y la forma de actualizar cada año el importe de la pensión. La actualización se suele regir por el pacto al que las partes hayan llegado al respecto, pudiendo acordar incluso su no actualización, si bien si no existe pacto ni resolución al respecto se suele aplicar el incremento ajustado a la variación del IPC.

¿Cuando finaliza la pensión compensatoria?

La cuantía y el plazo de la pensión son elementos bastante flexibles. Se puede convenir la sustitución de la pensión compensatoria fijada por una renta vitalicia, el usufructo de determinados bienes o la entrega de un capital en bienes o dinero en una sola vez. Más allá de estos criterios la realidad jurídica nos muestra que existe una alta inseguridad jurídica a la hora de establecer su extensión en el tiempo de percepción y cuantía ya que no existen módulos o tablas para saber cuántos años ha de fijársele a un cónyuge que ha estado casado un determinado tiempo y con unas determinadas circunstancias.

Se puede dar el caso de que el beneficiario más tarde pudiese obtener recursos económicos que le hagan gozar de un nivel de vida similar al que tenía durante su matrimonio, por lo que podrá modificarse o incluso extinguirse la necesidad de pensión compensatoria. Esa alteración de las condiciones se deberá hacer a través del procedimiento judicial de modificación de medidas.

En cuanto al cese de la obligación de pago de la pensión compensatoria, ésta se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el beneficiario nuevo matrimonio o por convivir maritalmente con otra persona de forma habitual y con las características afectivas y económicas propias de un ambiente familiar).  Es importante señalar que la renuncia al establecimiento de esta pensión compensatoria extingue definitivamente el derecho. Es decir, si el cónyuge que pudiera resultar beneficiario renuncia a ella, ya no podrá solicitarse ni establecerse con posterioridad y, además, es necesario que se hubiese reconocido la pensión compensatoria tras la separación y/o divorcio para que pueda cobrarse la pensión de viudedad.

Como ocurre  con la pensión de alimentos, el impago de la pensión compensatoria puede ser constitutivo de un delito de abandono de familia.

Reparto de la vivienda en un divorcio

divorciocasaEn la actualidad, la mayoría de las sentencias de divorcio contencioso en España dan a la mujer la custodia de los hijos junto con el uso de la vivienda hasta que se emancipan más una pensión de alimentos por ellos. Este hecho, que en un principio puede favorecer a la madre, en muchos casos provoca que se perpetúe el papel de la madre como la única persona que hace cargo de los hijos siendo el padre un mero amigo de fin de semana y los abuelos paternos unos parientes lejanos. Para evitar este tipo de situaciones, aparte de las cargas económicas dictaminadas por los jueces a ambas partes, en muchos casos inadecuadas a la situación particular de cada pareja, es muy importante tratar de recoger en un convenio regulador unas normas de convivencia pactadas por las partes que satisfagan a ambos. Es el llamado divorcio de mutuo acuerdo. Muchas veces no agradan Continue reading ‘Reparto de la vivienda en un divorcio’

Divorcios por Facebook

facebookdivorceSi está usted pensando en separarse o atraviesa en estos momentos por un proceso de divorcio contencioso, quizá deba usted darse de baja de Facebook.

Al menos eso es lo que sugiere un  reciente estudio de la American Academy of Matrimonial Lawyers (Asociación de Abogados Matrimonialistas) de Estados Unidos que establece que Facebook está siendo la principal fuente de información comprometedora en casos de divorcios que se solucionan por via contenciosa.

Un 81% de los principales abogados matrimonialistas de ese pais han visto como en los últimos años ha podido utilizar alguna prueba obtenida a través de las redes sociales para probar la evidencia de un engaño conyugal.
El 66% de los abogados citan a Facebook como la principal fuente de información, mientras que MySpace es citado por el 15% de los encuestados y un 5% Twitter.

“Pasar por un divorcio o una separación matrimonial siempre resulta en un mayor escrutinio de nuestas actividades personales. Si en Facebook publicamos alguna contradicción sobre alguna declaración pasada, un cónyuge desavenido puede ser uno de los primeros en darse cuenta y hacer uso de esa contradicción para utilizarla como evidencia en un juicio” declaró Marlene Eskind, la presidenta de la asociación. “Cada vez con más frecuencia, la gente comparte más y más aspectos de sus vidas privadas en las redes sociales exponiéndose a un mayor escrutinio y examen de su vida personal en situaciones comprometidas.”
El vicepresidente de la asociación comenta, “cada cliente que he tenido en el último año tiene una cuenta de Facebook. Y mi primer consejo siempre es que la cancele inmediatamente.” Ha tenido 3 casos en los últimos 6 meses donde los posts de Facebook fueron piezas clave de evidencia de infidelidad. “Este tipo de evidencia ha pasado de no representar nada a ser fundamentales en muchos casos, no entiendo que a los abogados nos hacen el trabajo mucho más fácil” dice Viken, un abogado de South Dakota. “Los jueces no tienen ningún problema en admitir las páginas de Facebook como prueba, nosotros les decimos a nuestros clientes que no escriban nada que no quiere que lea el juez. O más fácil aún, que cierren la cuenta.”

Por supuesto, esto ocurre en Estados Unidos donde los divorcios que se solucionan por via contenciosa a golpe de chequera y debido a infidelidades son de lo más común y la diferencia entre “ganar o perder” un juicio es sustancial desde el punto de vista puramente económico. Pero aunque no sea el caso de España ni sea utilizado en juicio por los abogados, no es descabellado pensar que la cada vez mayor exposición pública de nuestros sentimientos y la cada vez más difusa linea entre nuestro comportamiento virtual y el mundo real, puede dar algún que otro quebradero de cabeza a las parejas, incluso las estables.

Separación matrimonial

meditarLa figura jurídica de las separaciones matrimoniales está pensada para que los cónyuges, una vez finalizada la vida en común, tengan la oportunidad de reflexionar sobre la ruptura temporal o definitiva de su matrimonio.

El matrimonio es un vínculo o contrato civil, que une a dos personas, para crear una vida en común, con los derechos y obligaciones que la Ley determina. A veces, el matrimonio no funciona o fracasa por diversos motivos que llevan a las separaciones de la pareja, siendo lo mas práctico en estos supuestos, el acudir al sistema legal de separaciones matrimoniales.

Jurídicamente, dentro de las separaciones, se puede distinguir la separación de hecho, cuando se da el cese de la vida en común sin más, y la separación de derecho que es la que se realiza de acuerdo con lo que se establece por las leyes.

Dentro de las separaciones matrimoniales de derecho distinguimos entre:

1) separaciones de mutuo acuerdo que se da cuando ambos cónyuges plasman los acuerdos por los que se va a regir la nueva situación, en un convenio regulador que se presenta ante el Juez.
2) separaciones contenciosas, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges y ello obliga a que sea el Juez, quien decida sobre las reglas que va a regir la nueva situación de la separación.

Si usted está pensando en afrontar su separación, debe saber que los efectos que legalmente tendrá la nueva situación son, entre otros: el cese de la vida en común, la extinción del régimen económico de bienes gananciales (si la hubiere), la revocación si existiesen poderes recíprocos, el uso y disfrute de la vivienda conyugal, la patria potestad de los hijos, así como la guardia y custodia de los mismos, estableciendo las pensiones que resulten de su particular situación familiar, de alimentos a favor de sus hijos y compensatoria a favor de uno de los cónyuges.