Divorcios transnacionales
La Unión Europea a través de los ministros de justicia han aprobado una propuesta por la que los cónyuges podrán elegir en el futuro el derecho nacional aplicable en los casos de parejas que tengan nacionalidades distintas, vivan en países diferentes o vivan juntos pero en un país distinto de su país de origen. Las parejas podrán acordar durante el matrimonio la legislación aplicable en caso de divorcio otorgándoles una mayor seguridad jurídica, fiabilidad y flexibilidad y contribuirá a evitar procedimientos complejos, largos y dolorosos a los cónyuges e hijos. En caso de que los interesados no logren alcanzar un acuerdo, los tribunales dispondrán de una fórmula común para determinar el Derecho nacional aplicable.
El objetivo de la norma es que los matrimonios internacionales tengan la posibilidad de controlar mejor su separación y se proteja a los cónyuges más vulnerables en caso de litigio.
En palabras de la Sra. Viviane Reding, vicepresidenta y miembro de la Comisión responsable de Justicia de la Unión Europea: «Poner fin a un matrimonio es una experiencia ya de por sí lo suficientemente traumática para cualquier familia a la que, en el caso de las parejas internacionales, a veces se suman complicaciones adicionales derivadas de la falta de claridad de las normas nacionales, el acuerdo facilitará la vida de las parejas que se enfrentan a un divorcio internacional, reducirá el estrés y contribuirá a proteger al cónyuge más vulnerable. También marca un hito importante en la cooperación en el seno de la UE en áreas jurídicas complejas, lo que demuestra que somos capaces de encontrar soluciones pragmáticas a los problemas cotidianos.»
La nueva norma entrará en vigor en 14 Estados miembros (entre ellos España) a los 18 meses después de la adopción formal por parte del Consejo de Ministros.


